Dotar a este colectivo más vulnerable de una especial protección instituyendo un tutor, curador, defensor judicial, guardador de hecho o asistente que vele por sus derechos e intereses.
El procedimiento se inicia con la petición inicial en el Juzgado de Primera Instancia del lugar donde el presunto incapaz tenga su domicilio.
En el referido procedimiento, se expondrán los motivos que dan origen a la petición, acompañándolo con toda la documentación
En caso de ser necesario o urgente, se solicitará como medida cautelar la adopción de ciertas medidas con la finalidad que el procedimiento se inicie más rápido (sólo en supuestos de riesgos de que el incapaz pueda efectuar actos contrario a su beneficio, o al de sus familiares).